194 z Inversión tecnológica: Es necesaria una inversión tecnológica no solo para las gestiones burocráticas de la FSE, sino también para poner en marcha nuevos métodos/herramientas docentes, como por ejemplo los programas de simulación. z Tutores/as: este es quizás uno de las mayores dificultades con los que se encuentran las CD y las JJEE, que requiere una solución urgente. Los problemas vienen derivados entre otros de: Inestabilidad laboral, eventualidad y traslados de centro, que dificultan enormemente a las JJEE mantener un grupo de tutores/ as estable, siendo esto, en el momento actual, un problema muy importante para las JJEE de las Unidades docentes multiprofesionales de Atención Familiar y Comunitaria, donde confluyen todo lo anterior. No reconocimiento salarial, curricular ni dedicación horaria para ejercer las labores tutoriales, dificultando la captación de nuevos tutores e incluso en ocasiones el mantenimiento de los existentes por poco o nulo margen de maniobra de las propias JJEE para hacer atractiva esta dedicación, si estos puntos que dependen en su mayoría de los servicios de RRHH (Recursos Humanos) no se facilitan Sistemas de acreditación/re-acreditación en ocasiones rígidos y no centrados en las necesidades reales de las diferentes CD. z Valor real del periodo formativo (evaluación y Currículo) de los residentes al finalizar la residencia: los criterios de contratación de los residentes al finalizar su periodo formativo son diferentes según la CCAA. En unas, es la nota final de residencia, dándole valor a lo realizado tanto por el residente como por el resto de las figuras docentes durante su formación, otras CCAA utilizan para dicha contratación como único criterio a igual merito, por ejemplo, la edad. Desde las CD y JJEE, debemos defender la implantación de un criterio uniforme y que de alguna manera de valor a todo aquello que durante el periodo formativo el/la residente/a haya realizado para conseguir la mejor formación posible. z Comunicación con organismos superiores: Como hemos mencionado antes, la comunicación con los órganos directivos debe ser fluida, pero también debe serlo y no siempre lo es, con los Departamentos de Salud de las CCAA a las que pertenezcan cada CD, para agilizar trámites burocráticos, determinar una oferta anual de residentes acorde a la demanda real y a las posibilidades formativas 158 Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista BOE-A-1984-2426 Nuevo real decreto sobre especialidades y especialistas en ciencias de la salud (RD589/2022, de 19 de julio) Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan las Comisiones de Docencia y los sistemas de evaluación de la formación de Médicos y de Farmacéuticos Especialistas BOE-A-1995-15886 Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se aprueban las directrices básicas que deben contener los documentos acreditativos de las evaluaciones de los especialistas en formación. BOE. 2018;95:40610-23 Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud. Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022
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