Responsabilidad de los residentes de Ciencias de la Salud, tutores y especialistas. 6ª Edición

41 h) Debe estimular e ilusionar al residente. i) Debe ser el mismo durante toda la formación especializada, salvo causas justificadas. La tutoría o entrevista estructurada (entrevista con un guión pre establecido de preguntas bidireccionales —feedback— entre tutor y residente), es una conversación formal, con una intencionalidad y objetivos implícitos: z Seguimiento y valoración del progreso del aprendizaje. z Valoración de las competencias adquiridas en relación a los objetivos propuestos. z Identificación de áreas de mejora y aportación de propuestas, cambios y sugerencias para su corrección. z Favorecimiento de la autoevaluación del residente. Se realizarán un mínimo de 4 por año lectivo, en momentos adecuados distribuidos y planificadas a lo largo del curso. Artículo 12. Evaluación, incentivación y mejora de competencias del tutor. 1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, las funciones de tutoría tienen la consideración de funciones de gestión clínica y como tales deben ser evaluadas y reconocidas. 2. Las comunidades autónomas, con la finalidad de garantizar la idoneidad y el mantenimiento de las competencias de los tutores, regularán procedimientos de evaluación para su acreditación y reacreditación periódica con sujeción a lo previsto en el artículo 10.1 y 3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. A estos efectos, se tendrán en cuenta, entre otros factores, la experiencia profesional continuada como especialista, la experiencia docente, las actividades de formación continuada, la actividad investigadora y de mejora de calidad, la formación específica en metodologías docentes, así como el resultado de las evaluaciones de calidad y encuestas sobre el grado de satisfacción alcanzado. 3. De conformidad con lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, las comunidades autónomas regularán sistemas de reconocimiento específico de la acción tutorial en sus respectivos servicios de salud. MIR RESPONSABILIDAD DE RESIDENTES EN CIENCIAS DE LA SALUD, TUTORES Y ESPECIALISTAS

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