Manual PAIME
Fundación para la Protección Social de la OMC Manual PAIME 30 P.7/ ORIENTACIÓN DE LA COMUNICACIÓN CONFIDENCIAL 7.1. Primero la UASP deberá valorar la gravedad y trascendencia del contenido de la informa- ción recibida. Se respetará la confidencialidad del comunicante, siempre y cuando el con- tenido de lo informado no sea tan grave y trascendente para la salud del posible afectado y/o de terceras personas, que obligue a la UASP a informar inmediatamente al Secretario o a la persona de la Junta de Gobierno del COM correspondiente, designada al efecto. 7.2. Cuando se reciba una información confidencial siempre se aconsejará al comunicante que lo mejor es que él mismo procure convencer al posible médico enfermo para que sea él quien pida ayuda voluntariamente. En este caso, se tratará de una DVI. 7.3. El mejor supuesto es que en el mismo momento, los dos juntos, la persona que comunica y el posible profesional enfermo, hagan la llamada solicitando información y/o ayuda al PAIME, para establecer un triángulo de comunicación consentida manteniendo la confi- dencialidad. 7.4. Si el posible paciente negara padecer cualquier tipo de problema o no aceptara hacer la demanda voluntaria de tratamiento, el comunicante deberá dirigirse, por escrito, al se- cretario o persona de la Junta de Gobierno del COM correspondiente delegada a tal efecto, para ponerle al corriente del caso y de todas aquellas circunstancias que justifiquen la intervención del COM, en donde se valorará el caso y se procederá a iniciar el corres- pondiente expediente de vigilancia y control del ejercicio profesional o el expediente de información reservada o disciplinario, según proceda.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=