Manual PAIME
Fundación para la Protección Social de la OMC Manual PAIME 34 P.11/ PROGRAMACIÓN DE 1ª VISITA. ACEPTACIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PROCESO Y DE VINCULACIÓN AL PROGRAMA 11.1. Se programará una 1ª visita del médico enfermo con un psiquiatra del PAIME y se le faci- litará la fecha y hora, el nombre del terapeuta y la dirección de la Unidad de Tratamiento PAIME, pidiendo que se mantenga la confidencialidad de su localización. 11.2. La Unidad de Acogida y Seguimiento de Procesos (UASP) informará a todos los médicos enfermos que deseen ser atendidos en el PAIME de la existencia del documento de Acep- tación de Entrada al Programa (DAEP), el cual deberán firmar antes de proceder a entrar a la 1ª Visita. El modelo del DAEP podrá ser consultado en la web del PAIME. 11.3. En el DAEP, el médico enfermo asume el rol de paciente y, por tanto, se compromete a seguir las indicaciones de sus terapeutas. Igualmente, en el DAEP se indica que si desea abandonar el programa, el paciente deberá contar con el consentimiento de su terapeuta o, como mínimo, comunicárselo. 11.4. Por otro lado, el PAIME se compromete a aplicar los servicios asistenciales del programa, fuera de aquellos casos que, por razón de edad o de su capacidad laboral, hayan perdido el derecho a recibir estos servicios. Se preservará la confidencialidad excepto en determi- nadas excepciones consignadas en el mismo DAEP. Para poder cerrar debidamente los episodios clínicos, cuando un paciente no acuda a la visita programada, ni llame para notificarlo, se contactará telefónicamente con él para programar una nueva visita o facilitarle que pueda hablar con su terapeuta. 11.5. El DAEP será facilitado al ME por el personal de recepción de la Unidad Clínica cuando acceda a la 1ª Visita. Una vez leído con detenimiento, el paciente deberá firmarlo ineludi- blemente si quiere acceder a la 1ª Visita. 11.6. Los criterios para establecer el grado de vinculación con el Programa son los siguientes: 11.6.1. Todos aquellos médicos que soliciten ayuda al programa se considerarán un Po- sible caso PAIME (PP). Por demanda de ayuda entendemos haberse puesto en contacto con la UASP y tener asignada una primera visita. Entonces la UASP abri- rá una historia clínica con la hoja de primera llamada, asignándole un número de historia de posible caso. 11.6.2. Se considerará un caso PAIME (P) cuando el paciente haya firmado el DAEP. Será entonces cuando la administrativa de recepción de la Unidad Clínica le asignará un número P. 11.6.3. En el supuesto que el paciente no acuda a la primera visita o no firme el DAEP, se considerará que sigue siendo un PP. 11.6.4. En el supuesto que el paciente haya realizado una primera visita y no acuda a ninguna sucesiva más, la UASP se pondrá en contacto con el paciente para inda- gar cual ha sido la razón para no seguir vinculado al Programa y, en caso que no exista ninguna información que haga sospechar que existe un posible riesgo para la praxis, realizará un alta administrativa y cerrará el episodio del paciente. 11.7. Cuando se trate de un paciente que viene por primera vez para ser ingresado en la Unidad de Internamiento para someterse a tratamiento, antes se le efectuará una valoración psiquiátrica para confirmar la idoneidad de este ingreso en la Unidad.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy ODY0MDA=