Manual PAIME

Fundación para la Protección Social de la OMC Manual PAIME 35 P.12/ COMISIÓNDE SEGUIMIENTODE CASOS DIFÍCILES DEL PAIME 12.1. Son funciones de la Comisión de Seguimiento de casos difíciles del PAIME: 12.1.1. Supervisar el cumplimiento del presente protocolo y al mismo tiempo proponer las modificaciones o actualizaciones que sean necesarias. 12.1.2. Estudio y valoración de los casos del PAIME que desde la UASP o a propuesta del terapeuta del PAIME le sean encomendados por su especial complejidad, y trasla- do, si fuera necesario, a la Junta de Gobierno del COM de la propuesta de medidas correspondientes. 12.2. La Comisión de Seguimiento de casos difíciles del PAIME, que se reúne con una periodici- dad bimensual, está compuesta por: • Secretario o representante del COM. • Presidente de la Comisión Deontológica del COM. • Responsable de la UASP. • Gerente del PAIME. • Dos terapeutas, responsables clínicos del programa. • Asesor jurídico del COM. 12.3. De los casos que se deciden llevar a la Comisión, el terapeuta deberá de aportar toda la información necesaria de manera anónima (sin facilitar nombre ni alias) para que ésta elabore una estrategia de actuación.

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