Manual PAIME
Fundación para la Protección Social de la OMC Manual PAIME 38 P.14/ DEMANDAS PROCEDENTES DE LOS PAIMES COLEGIALES 14.1. Ante la demanda de ingreso en una unidad hospitalaria PAIME, se debera actuar del si- guiente modo: 14.1.1. En todos los casos se habrán de aportar previamente los últimos informes mé- dicos y pruebas diagnósticas disponibles, documentación que será tratada con la más estricta confidencialidad. 14.1.2. En caso que el paciente haya sido atendido últimamente por algún profesional, se le pedirá una autorización escrita para hablar con él. 14.1.3. En estas demandas de ingreso a la Unidad de Internamiento será necesario que el ME se entreviste previamente con alguno de los psiquiatras del PAIME, para que éste valore la indicación de ingreso. 14.2. Todas estas demandas deberán tener asegurada la financiación del coste de los servicios.
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