Manual PAIME

Fundación para la Protección Social de la OMC Manual PAIME 7 3/ RECEPCIÓN DE LAS DEMANDAS A la hora de dar respuesta a una demanda de ayuda recibida en el PAIME, será prioritario que el paciente perciba desde el primer momento la importancia que se da a la confidencialidad, pero también, para los profesionales que vayan a atender al ME, será de importancia capital conocer las circunstancias que han llevado al paciente a solicitar ayuda y si existe o no afectación de la praxis. Por ello, la recepción de la demanda debe realizarse contemplando los siguientes apartados. 3.1. Siempre se hará desde la Unidad de Acogida y Seguimiento de Procesos (UASP) del PAIME y, prioritariamente, por vía telefónica. 3.2. Será atendida por un médico o psicólogo del programa sometido al principio de confi- dencialidad. 3.3. Las demandas pueden ser para solicitar información sobre el funcionamiento del progra- ma, para pedir tratamiento para uno mismo, para un supuesto ME o para informar de un supuesto ME. 3.4. Se realizará una entrevista telefónica de acogida que tendrá por objetivo: obtener los datos de filiación, confirmar que es miembro del Colegio, que está en ejercicio activo y recoger la información mínima necesaria de la problemática a atender. 3.5. Con independencia del tipo de demanda de acceso al programa PAIME se valorará: el po- sible riesgo para la praxis profesional, el grado de voluntariedad de la demanda, la posible gravedad del caso y las posibles implicaciones de tipo laboral, con la finalidad de orientar el caso de la manera más adecuada. 3.6. Se informará de determinadas características del programa: confidencialidad (ver protocolo de confidencialidad), especificidad de los servicios, aceptación y vinculación al programa. 3.7. También se informará de que una vez el terapeuta finalice la evaluación del caso propondrá un Plan Terapéutico (PT) y si el ME lo acepta deberá firmar el Documento de Aceptación de Entrada en el Programa (DAEP) como paso previo obligatorio para recibir tratamiento. 4/ CLASIFICACIÓN DEL TIPO DE DEMANDA PARA ACCEDER AL PROGRAMA El análisis de la demanda de acceso al PAIME es fundamental para valorar la voluntariedad y motivación al tratamiento, estimando hasta qué punto es por iniciativa propia o se ve inducido por sus familiares, compañeros o jefes, y también si ha habido o existe riesgo de mala praxis, que en ocasiones ha podido ser la causa de alguna denuncia o expediente. Los tipos de demanda pueden ser: 4.1. Demanda voluntaria (DV) para recibir los servicios del PAIME, es aquella que se produce por voluntad del médico enfermo (ME) cuando solicita la ayuda del programa. Además la DV puede ser:

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